Cual fue la variación del IBC en Colombia para marzo de 2022 y por qué debería saberlo. Le contamos
El pasado 25 de febrero, la Superintendencia Financiera de Colombia expidió
la Resolución No. 0256 a través de la cual se certifica el Interés Bancario
Corriente (IBC) para el periodo comprendido entre el 01 de marzo y el 31 de
marzo del año en curso.
Pero, ¿qué es el IBC y por qué debe conocer sobre su variación? Para
explicarlo de forma sencilla, el Interés Bancario Corriente es un promedio de
las tasas de interés que cobran las entidades financieras a sus usuarios. Ahora
bien, este promedio lo establece de forma periódica (mensual, trimestral y
anual) la Superintendencia Financiera de Colombia y debe tenerse en cuenta para
los créditos de consumo, ordinarios, microcréditos y créditos de consumo de
bajo monto.
Tenga claro que si bien el IBC se
promedia tomando como referencia los citados datos de las diferentes entidades
financieras, los destinatarios de la aplicación de estos márgenes de interés, también son cualquier comerciante,
empresa o persona natural que facilite el acceso a este tipo de créditos,
pues de superar el tope establecido estaría incurriendo en un delito denominado
usura, tipificado en el artículo 305 del Código Penal Colombiano, pudiendo ser
condenado a pena privativa de la libertad y cuantiosas multas.
Si se pregunta, ¿qué debo hacer para no incurrir en el delito de usura?
Debe estar muy pendiente de las resoluciones que mes a mes expide la
Superintendencia Financiera, allí se establece de forma clara y concreta cual
es el interés máximo permitido.
Con la Resolución No. 0256 del 25 de febrero de 2022, se establece que
para el mes de marzo del mismo año, la certificación del IBC efectivo anual
para crédito de consumo y ordinario será del 18.47%, los intereses
remuneratorios y moratorios no podrán exceder 1,5 el IBC, es decir el 27.71%
del IBC efectivo anual. En cuanto a los microcréditos y créditos de consumo de
bajo monto, el máximo permitido será de 37.47% para los primeros y 30.35% para
los segundos.
Si desea saber más, contacte a nuestro equipo jurídico a través del
correo electrónico henaoariasabogados@gmail.com, o a través de nuestro Whatsapp al número
314 583 0460.
Compromiso,
lealtad, eficiencia y la excelencia nos definen.
Comentarios
Publicar un comentario